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Prohíbe el porte de armas: gobierno ayuda delincuentes. Gobierno hace más fácil el trabajo de los delincuentes. Decreto de Urgencia prohíbe el porte de armas de fuego.

Dardo López-Dolz. Magister y abogado peruano. Fue Asesor de la Alta Dirección en Resolución de Conflictos por el Ministerio de Salud y, entre 2006 y 2007, fue Vice Ministro del Interior por el gobierno peruano. Experto en seguridad ciudadana, gestión del  sistema de seguridad nacional del estado.
Prohíbe el porte de armas: gobierno ayuda delincuentes

Prohíbe el porte de armas: gobierno ayuda delincuentes

Este DU pretende prohibir el porte legal de armas de fuego a los ciudadanos honestos.

Un proyecto de Decreto de Urgencia (DU) que, de aprobarse hoy en Consejo de Ministros, se promulgaría mañana jueves. Este DU pretende prohibir el porte legal de armas de fuego a los ciudadanos honestos. (Gobierno prohíbe el porte de armas y ayuda a los delincuentes). Solo los delincuentes (que no respetan la ley) podrían portar armas en las calles a partir del viernes. No hace falta ser un genio para saber a quienes beneficia ni ser doctor en historia para identificar la influencia del castrismo cubano.

Desarmada la gente honesta, Hugo Chávez y sus pupilos en otros países de la región no solo los dejaron expuestos al crimen, sino que anularon cualquier posibilidad de legítima defensa. Infiltrados chavistas hay, pero si Vizcarra y sus ministros firman ese DU no cabe decir nuevamente que no se sabe lo que se está firmando.

El 5 de diciembre ingresó a la PCM un proyecto de DU –con respaldo ministerial y del equipo de asesores– que atropella el derecho a la legítima defensa, a la propiedad legalmente adquirida y a la seguridad jurídica; conculca inconstitucionalmente derechos de cazadores y tiradores deportivos (única disciplina deportiva en que Perú destaca reiteradamente), deja virtualmente sin trabajo a miles de vigilantes y resguardos, desprotege a los policías después de cumplir su servicio, y pone fuera de la ley a quienes –por vivir lejos de una delegación de SUCAMEC y no tener dinero ni auto propio– no han podido renovar sus licencias.

Empieza (7.1.m) anulando la presunción constitucional de inocencia. Basta que alguien esté investigado por delito doloso, para que se niegue obtención y renovación de licencias; para luego exigir (7.1.m) demostrar los motivos por los que se solicita licencia. Una mayor discrecionalidad del funcionario, que genera abuso y corrupción.

Programa Sí al desarme, sí a la paz. (Jorge Almazán). Redacción Espacio Armas.

Abre a la discrecionalidad castrense (14.) los calibres, cadencia y potencia que pueden ser definidas como de uso militar. Un tema que ya había sido acotado exitosamente por la ley actualmente vigente. Más discrecionalidad = corrupción y abuso.

Limita (19.) a un arma para defensa personal, sin explicar cómo salvaguardará el derecho de quienes, al amparo de la ley, adquirieron y poseen legalmente más de una. Pero es peor porque prohíbe el porte y el transporte del arma propia. para todo fin, a civiles, militares y policías (22.1).

Jamás en la calle la posesión del arma

“La licencia de uso solo permite la posesión del arma dentro de la residencia o sitio de trabajo o lugar que se pretenda proteger, quedando prohibido su porte o transporte a lugar distinto del autorizado”. Es decir, usted puede portarla o transportarla para defenderse, cazar o practicar en el baño, al comedor a la cocina, pero jamás en la calle. ¿Estupidez superlativa o complicidad deliberada con el crimen a la usanza de Fidel y Raúl Castro y sus lacayos chavistas?

Un artículo copiado del manual cubano que protege a los delincuentes e impide al ciudadano honesto el goce (atributo esencial del derecho de propiedad) de un bien adquirido legalmente para un fin expreso, para el cual el Estado le otorgó licencia y tarjeta de propiedad.

Al limitar (21.3) más el número de balas que pueden comprarse por arma para defensa personal, indefectiblemente generará peores tiradores, elevando –en vez de reducir– el riesgo para los demás. Y promoverá nuevamente el mercado negro de munición militar y policial o del contrabando. La referencia a campos de tiro autorizados (21.5) es discriminante y evidencia absoluto desconocimiento de la realidad nacional: en todo el país (Lima incluida) hay poquísimas galerías oficiales de tiro. Ninguna en las zonas rurales, y casi ninguna fuera de las ciudades importantes.

Permite que se aparezcan de sorpresa SUCAMEC o la PNP (o falsos policías) y exijan que se muestre (sin coordinación previa) la exhibición de armas en el domicilio. Si usted no está o no puede exhibirla en ese momento, será denunciado. Es decir, ¡aplicación de técnicas de la Gestapo en pleno siglo XXI!

Cuando un vigilante deje de trabajar en una empresa de seguridad perderá su licencia, obligándolo a él y el que lo contrate después a perder tiempo y dinero para obtenerla nuevamente. Huelga decir que esto atenta directamente contra los derechos de los que menos tienen. Nuevamente discriminación.

El artículo 24.2 es inconstitucional de principio a fin. Pretende eliminar por DU el derecho de propiedad ante la no renovación (voluntaria o por denegación), sin pago de justiprecio y sin comisión de delito; evitando incluso que si no desea o no puede renovar su licencia, pueda transmitir legalmente su propiedad a terceros. Equivale a que le confisquen su auto porque no renovó su licencia de conducir.

Se abre además (30.4.b) la puerta al absurdo internamiento para verificación, cuando hoy funciona perfectamente la verificación previa cita. La desconfianza acabará empujando muchas armas al mercado negro.

Pero ahí no acaban las perlas. Se prohíbe poseer más armas o balas que las permitidas, así hayan sido adquiridas legalmente. Y en alarde de desconocimiento de la realidad del Perú.

Se pretende otorgar inconstitucionalmente a la investigación y el proceso el carácter de cosa juzgada, autorizando el decomiso definitivo, así se pruebe luego la inocencia del investigado o procesado. Es decir, le pueden robar su propiedad solo porque alguien lo denunció. ¿Alguien dijo persecución política?

Tras pretender anular el derecho de propiedad solo por cancelación de licencia, por la razón que sea, modifica el código penal sancionando con cárcel de dos a cuatro años a quienes, por algún motivo, no hayan podido renovar su licencia. Para ello se faculta a SUCAMEC y la PNP a ir de improviso al domicilio de un ciudadano a exigirle entregar sus armas legalmente adquiridas.

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Autor: Dardo López -Dolz

Redacción Espacio Armas

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